Reporte de estándares mínimos en SST del 2025: no lo dejes para el final

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¿Estás listo para el reporte este 01 de marzo?
Reporte SG-SST 2025: no lo dejes para el final en tu droguería
Haz la autoevaluación de Estándares Mínimos en 3 minutos y descubre si estás en verde, amarillo o rojo. Te decimos qué te falta y cómo ponerte al día antes de marzo.

El reporte de estándares mínimos en SST del 2025 es de esas tareas que muchas droguerías dejan “para después”… hasta que llega marzo y empieza el corre-corre. Si estás buscando “reporte SG-SST 2025”, “cómo reportar en SGRL MinTrabajo” o “autoevaluación estándares mínimos droguería”, aquí tienes una guía clara, sin vueltas, pensada para droguistas en Colombia.

La idea es simple: que tu droguería quede al día, con evidencia ordenada, y sin exponerse a multas o incluso cierres por incumplimientos.

¿Quién pide el reporte y dónde se hace?

El reporte se realiza en la plataforma oficial del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) del Ministerio del Trabajo. El mismo portal informa que el reporte correspondiente al año 2025 estará habilitado del 1 de marzo al 20 de octubre de 2026, y que la circular del período 2025 está en elaboración.

En otras palabras: se abre desde el 1 de marzo. Por eso, la última semana de febrero es perfecta para dejar todo listo.

¿Qué son los “estándares mínimos” y por qué le importan a una droguería?

Los Estándares Mínimos del SG-SST son requisitos básicos de Seguridad y Salud en el Trabajo que aplican a empleadores y contratantes (sí: también si contratas por turnos o por días). En guías de ARL sobre la Resolución 0312 se explica que el SG-SST busca prevenir accidentes y enfermedades laborales, y que el empleador debe elaborar, ejecutar y hacer seguimiento al plan anual y a las mejoras.

En droguerías esto es muy real porque hay riesgos del día a día: bodega, cajas, pisos húmedos, químicos de aseo, jornadas largas, domicilios (si aplica), y atención al público.

Fechas clave para no correr (y cómo organizarte)

Ventana oficial del reporte 2025

  • Habilitado: 1 de marzo a 20 de octubre de 2026

El orden “inteligente” (lo que te evita el estrés)

Aunque cada negocio se organiza distinto, lo más práctico (y lo que normalmente se trabaja con ARL y planeación anual) es:

  1. Autoevaluarte (ver en qué estás) HAZLO AQUÍ
  2. Hacer tu plan de mejora (qué vas a corregir) HAZLO AQUÍ
  3. Tener evidencia lista para reportar en SGRL cuando se habilite el módulo HAZLO AQUÍ

Paso a paso: ¿Qué hacer si te dejaste coger la tarde?

Paso 1 — Haz tu autoevaluación en 3 minutos (gratis)

Entra a estandaresminimos.com y completa la autoevaluación. En 3 minutos te queda claro:

  • Si estás en verde / amarillo / rojo
  • Qué te falta realmente (sin inventar)
  • Por dónde arrancar

Esto te evita el típico: “yo creo que estoy bien” sin soportes.

Paso 2 — Reúne evidencias mínimas (lo que más piden)

Para una droguería pequeña (1–10 trabajadores) lo que más se cae no es “la intención”, sino la evidencia. Ten a mano:

  • Capacitaciones (listas/fotos/actas)
  • Inspecciones básicas (orden, aseo, extintor si aplica, botiquín)
  • Entrega de elementos (guantes, tapabocas si aplica, etc.)
  • Identificación de peligros y controles
  • Plan de trabajo anual y seguimiento

Paso 3 — Plan de mejora (corto y cumplible)

El plan de mejora no es un “libro”. Es:

  • Qué vas a arreglar
  • Quién responde
  • Para cuándo
  • Con qué evidencia lo vas a soportar

En el régimen sancionatorio, incluso se contempla que la autoridad pueda ordenar planes de mejoramiento y sancionar si no se cumplen.

Paso 4 — Cuando abra SGRL, reportas

Desde el 1 de marzo, ya con tu diagnóstico y evidencias, entras al SGRL y haces el reporte dentro de la ventana oficial. HAZLO AQUI

Sanciones reales: lo que puede pasar si lo dejas “a la suerte”

Aquí va lo importante, sin exagerar:

Multas (para microempresa: la mayoría de droguerías)

El Decreto 1072 (en el capítulo sancionatorio) muestra rangos de multa en UVT según tamaño de empresa. Para microempresa (hasta 10 trabajadores), por ejemplo:

  • Incumplimiento SG-SST sin muerte: 26,31 a 131,57 UVT
  • No reporte de accidente/enfermedad: 26,31 a 526,26 UVT
  • Si el incumplimiento da origen a un accidente mortal: 526,26 a 631,51 UVT

Cierre temporal y suspensión de actividades

También existen medidas como:

  • Cierre/clausura del lugar de trabajo (por días) cuando haya condiciones que pongan en peligro la vida o integridad

  • En reincidencia, la autoridad territorial puede imponer medidas hasta por 120 días hábiles o incluso cierre definitivo

  • Y puede haber paralización inmediata de tareas si hay riesgo grave e inminente

Casos reales que pueden pasar en una droguería (y te meten en lío si no estás listo)

  • Resbalón por piso húmedo: alguien cae, hay incapacidad, y te piden señalización, inspecciones y evidencias.
  • Caída moviendo cajas en bodega: te piden orden, capacitación y controles.
  • Irritación por químicos de aseo: piden fichas/uso seguro y elementos de protección.
  • Turno “esporádico” (reemplazo de fin de semana) y accidente: aquí es donde más duele, porque casi nunca hay inducción ni soportes.

Y ojo: el empleador tiene 2 días hábiles para informar a la ARL y EPS luego del informe del trabajador.

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